Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas
Causas del Acuerdo
- La procedencia de los idiomas mayas de una raíz maya común.
- La cosmovisión maya que se basa en la relación armónica de todos los elementos del universo, en el que el ser humano es sólo un elemento más, la tierra es la madre que da la vida, y el maíz es un signo sagrado, eje de su cultura.
- El papel de la mujer maya en la transmisión de su cosmovisión.
- La lucha para la erradicación de la discriminación.
Fundamento del Acuerdo
"El tema de identidad y derechos de los pueblos indígenas constituye un punto fundamental y de trascendencia histórica para el presente y futuro de Guatemala."
"Los pueblos indígenas han sido particularmente sometidos a niveles de discriminación de hecho, explotación e injusticias por su origen, cultura y lengua, y que, como muchos otros sectores de la colectividad nacional, padecen de tratos y condiciones desiguales e injusticias por su condición económica y social."
"Todos los asuntos de interés directo para los pueblos indígenas demandan ser tratados por y con ellos, y que el presente acuerdo busca crear, ampliar y fortalecer las estructuras, condiciones, oportunidades y garantías de participación de los pueblos indígenas, el el pleno respeto de su identidad y del ejercicio de sus derecho."
"Guatemala tiene la capacidad así como la obligación de implementar una política efectiva de derechos humanos, en compañía de otras organizaciones con el fin de erradicar la discriminación a los pueblos indígenas" (Cecilia Aracely Marcos Raymundo).
Instituciones encargadas de su cumplimiento
Consejo Nacional de Autoridades Ancestrales, Mayas, Xincas y Garífunas
Es la máxima representación de los pueblos indígenas y afrodescendientes guatemaltecos, coordinadora de los autoridades ancestrales de estos para defender sus derechos (IBIS, .s.f.).
Defensoría de los Pueblos Indígenas
Es una de las nueva Defensoría con las que cuenta la Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala. Fue creada el 15 de julio de 1998 y su función es la tutela de los derechos específicos de los pueblos indígenas, y por lo tanto el respeto irrestricto a su cultura, forma de vida, procedimientos y características propias (Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala, 2008).
Elementos sobresalientes
v CAPITULO I IDENTIDAD DE LOS PUEBLOS
INDÍGENAS (Inciso 04)
“El reconocimiento de la identidad de los pueblos indígenas
es fundamental para la construcción de la unidad nacional basada en el respeto
y ejercicio de los derechos políticos, culturales, económicos y espirituales de
todos los guatemaltecos”.
Da a conocer que dentro de las limitaciones territoriales de
Guatemala el Gobierno reconoce a cada uno de los pueblos indígenas, así como
cada uno de sus derechos en diferentes ámbitos con la finalidad que sean
respetados, y a través de esto lograr la unión del país para mejorar su
desarrollo.
v CAPITULO
II LUCHA CONTRA LA DISCRIMINACIÓN (Inciso B-01: Derechos de la mujer indígena)
“Se reconoce la particular vulnerabilidad e indefensión de
la mujer indígena frente a la doble discriminación como mujer y como indígena,
con el agravante de una situación social de particular pobreza y explotación”.
Ante la discriminación hacia la mujer indígena, con el fin
de eliminar el acoso sexual y cualquier otro aspecto que atente contra la
integridad de cada una de las mujeres que integran los distintos pueblos
indígenas, se establece este numeral para su defensoría así como se acuerda la
creación de instituciones que velen por su cumplimiento y los medios para su
divulgación así como las sanciones correspondientes ante incumplimiento.
v CAPITULO III DERECHOS CULTURALES (Inciso
D-01: Templos, centros ceremoniales y lugares sagrados)
“Se
reconoce el valor histórico y la proyección actual de los templos y centros
ceremoniales como parte de la herencia cultural, histórica y espiritual maya y
de los demás pueblos indígenas.”
Como legado de cultura que forma parte de la historia de
nuestro país se encuentran los templos, que en su mayoría han sido declarados
como patrimonio de la nación, en donde los diferentes pueblos indígenas
realizan y continúan realizando ceremonias de índole sagrado, por lo cual el
Estado de Guatemala reconoce la importancia y brinda apoyo para que sea
preservado así como reconocido ante toda la población guatemalteca.
v CAPITULO III DERECHOS CULTURALES (Inciso
G-04: Reforma educativa)
“Para facilitar el acceso de los indígenas a la educación
formal y no formal, se fortalecerá el sistema de becas y bolsas de estudio.
Asimismo se corregirá aquel material didáctico que exprese estereotipos
culturales y de género”.
Se defenderá el derecho a la educación hacia los pueblos indígenas,
así como también se erradicará todo tipo de estereotipos que interfiera en el
cumplimiento de este mandato, con la finalidad de establecer la igualdad dentro
del país.
v CAPITULO
IV DERECHOS CIVILES, POLÍTICOS, SOCIALES Y ECONÓMICOS (Inciso E-01: Derecho
consuetudinario)
“La normatividad tradicional de los pueblos indígenas ha
sido y sigue siendo un elemento esencial para la regulación social de la vida
de las comunidades y, por consiguiente, para el mantenimiento de su cohesión”.
De la misma manera que vela y hace cumplir el derecho de los
pueblos indígenas, este inciso sustenta que cada pueblo esta en la condición de
aplicar sus propias leyes según creencias culturales, media vez no entre en
contradicción con la armonía, no altere el orden público y no se viole ninguna
ley que dictamina la Carta Magna.
Para conocer más sobre los capítulos que abarcan el Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas se recomienda la lectura del siguiente PDF (Click Aquí) así como también ver el siguiente vídeo.
(ALMG.ORG, 2007)
(ALMG.ORG, 2007)
Se defenderá el derecho a la educación hacia los pueblos indígenas, así como también se erradicará todo tipo de estereotipos que interfiera en el cumplimiento de este mandato, con la finalidad de establecer la igualdad dentro del país.
De la misma manera que vela y hace cumplir el derecho de los pueblos indígenas, este inciso sustenta que cada pueblo esta en la condición de aplicar sus propias leyes según creencias culturales, media vez no entre en contradicción con la armonía, no altere el orden público y no se viole ninguna ley que dictamina la Carta Magna.
Para conocer más sobre los capítulos que abarcan el Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas se recomienda la lectura del siguiente PDF (Click Aquí) así como también ver el siguiente vídeo.
(ALMG.ORG, 2007)
(ALMG.ORG, 2007)
Políticas de Protección y los Principales Factores que Inciden Para el Cumplimiento o no de las Políticas
La protección de los derechos de los pueblos indígenas ha sido de materia de diversos instrumentos internacionales como El Convenio 169 de la OIT sobre los pueblos Indígenas y Tribales, la Declaración de las Naciones Unidades sobre los Derechos de los pueblos Indígenas, La Declaración Americana sobre los Derechos de los pueblos Indígenas, y la jurisprudencia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. La protección de estas organizaciones han sido sumamente necesarias ya que durante décadas se ha ido negando el reconocimiento a su importancia y no se ha garantizado el cumplimiento efectivo de sus derecho fundamentales. Es por eso que este tema es muy importantes de resaltar que los pueblos indígenas, tanto como pueblos y como los individuos, tienen derecho al respeto, al goce de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocido en la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de los derechos Humanos y las normas internacionales de derechos humanos.
Para facilitar la defensa de los derechos mencionas en el Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas y para proteger las comunidades eficazmente, el Gobierno se compromete a adoptar las siguientes medidas:
- El desarrollo de normas legales que reconozcan a las comunidades indígenas la administración de sus tierras de acuerdo con sus normas consuetudinarias.
- Promover el aumento del número de juzgado para atender los asuntos de tierras y agilizar procedimientos para la resolución de dichos asuntos;
- Instar a las facultades de ciencias jurídicas y sociales al fortalecimiento del componente de derecho agrario en las currículos de estudio, incluyendo el conocimiento de las normas consuetudinarias en la materia;
- Crear servicios competentes de asesoría jurídica para los reclamos de tierras;
- Proveer gratuitamente el servicio de intérpretes a las comunidades indígenas en asuntos legales;
- Promover la más amplia divulgación dentro de las comunidades indígenas de los derechos agrarios y los recursos legales y disponibles; y
- Eliminar cualquier forma de discriminación de hecho o legal contra la mujer en cuanto a facilitar el acceso a la tierra, a la vivienda, a créditos y a participar en los proyectos de desarrollo.
- La lucha contra la discriminación: El gobierno promoverá el Congreso de la republica la tipificación de la discriminación étnica como delito, Divulgara ampliamente los derechos de los pueblos indígenas por vía de la educación, de los medios de comunicación y otras instancias.
- El Gobierno actuara sobre el respeto a los Derechos de la mujer indígena, el respeto al idioma, el respeto de la cultura y dará a conocer la importancia de cada uno de ellos.
Política de colaboración de la UNESCO con los Pueblos Indígenas
La UNESCO tiene mandaros amplios en el campo de la educación, de las ciencias naturales, de las ciencias sociales y humanas, de la cultura y de la comunicación e información. Sus políticas, programas y proyectos proporcionan oportunidades y tienen impactos significativos (tanto positivo como negativos) para los pueblos indígenas de todo mundo.
El Compromiso suscrito por la ONU en su Agenda 2030 para el desarrollo sostenible de " No dejar a nadie atrás" trae nuevos ímpetus para asegurar que las prioridades de los pueblos indígenas sean escuchadas. Tras la adopción de la Declaración de la ONU sobre los derechos de los pueblos indígenas del Grupo de las Naciones Unidas para el desarrollo. Es importantes que las agencias de las Naciones Unidades, incluyen a la UNESCO, consideren como proporcionar orientación en materia de inclusión y compromiso con los pueblos indígenas. Es por eso que el Proyecto de política de la UNESCO de compromiso con los pueblos indígenas busca delinear un enfoque institucional que guie a toso los sectores del programa de la UNESCO en sus interacciones con las organizaciones de los pueblos indígenas.
Es importante conocer que UNESCO es una de las instituciones que da apoyo al país (Guatemala) en un amplio sentido, como en la educación, en el tema de la desnutrición, así mismo como en nuestro tema eje en que se defiende y que se de respeto a los "Pueblos Indígenas".
Principales factores que inciden para el cumplimiento de las políticas
- El reconocimiento de la igualdad
- El respeto de la Constitución Política de la Republica de Guatemala
- Las leyes disponibles que defienden a los Pueblos Indígenas
- La enseñanza de la cultura, de los idiomas, en la educación.
- La unión de la sociedad para dar un trato digno a los pueblos indígenas (no todo las personas reconocen pero en cierta parte de la población se une para inculcar el respeto, el trato digno a las personas de diferentes etnias en Guatemala).
Principales factores que inciden para que no se cumpla las políticas
- La falta de conocimiento de las personas.
- La falta de ética y moral en algunas personas de la sociedad así como en la política.
- El rompimiento de las leyes.
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